miércoles, 8 de noviembre de 2023

INTERVENCIÓN EN SESIÓN DEL PLENO EN RELACIÓN CON LOS EXPEDIENTES SUP-RAP-200/2023 Y SUP-RAP-201/2023 Y ACUMULADOS

En estos recursos de apelación vienen impugnando unos Lineamientos que emitió el Instituto Nacional Electoral en los que establece que, sin querer afectar la libertad de expresión y la libre manifestación de ideas, hace recomendaciones a los noticiarios respecto de la información y difusión de las actividades de precampaña y campaña de los partidos políticos y de candidaturas independientes.

Y estos lineamientos los emite con base, justamente, a un diagnóstico, evaluación y análisis que realizó el propio Instituto.

Los lineamientos lo que hacen es agrupar recomendaciones sobre distintos temas que van desde la cobertura informativa debida a los procesos electorales, el respeto y, aquí insisto, el respeto a la vida privada de personas candidatas y precandidatas, evitar trato diferenciado entre personas candidatas, incluyendo aquellas que pretendan la reelección, reforzar temas de igualdad de género y no discriminación, recomendaciones sobre identidad de género de las personas candidatas y precandidatas, violencia política en razón de género, así como evitar la difusión de las llamadas fake news, noticias falsas.

El proyecto que someto a su consideración propone confirmar los lineamientos impugnados.

Por una parte, se desvirtúan diversos agravios que hacen en cuanto a que no fueron consultadas o a temas de notificación, estos agravios se declaran infundados en su caso.

Pero también se desestiman los planteamientos en los que los recurrentes consideran que se les debió llamar en lo individual al proceso consultivo que llevó a cabo el INE.

También se valida la constitucionalidad de los lineamientos, ya que solo se trata de recomendaciones que realiza el Instituto como órgano garante de la integridad de los procesos electorales, sin que de su contenido se adviertan cargas desproporcionadas en materia de libertad periodística.

Al respecto quiero destacar la vocación inherente de los lineamientos, que es emitir recomendaciones encaminadas justamente a garantizar elecciones libres, auténticas y transparentes por medio de un modelo de comunicación política que fomente tanto el debate público, así como la equidad en la contienda.

En cualquier democracia, las personas periodistas representan la piedra angular justamente en el que se sostiene el modelo. Su constante búsqueda de la verdad y sus contribuciones al debate de temas de interés público permite que la construcción de ciudadanías sea justamente una realidad para todas, todos y todes.

Ya la Comisión de Venecia ha sostenido que debe garantizarse un nivel elevado de protección a la libertad de expresión de las personas que difunden información, criterio que, obviamente comparto.

En material electoral, la difusión de ideas es indudablemente un tema de interés.

Y un ejemplo a esto es el caso de los Estados Unidos, donde las empresas dedicadas a los medios de comunicación abiertamente manifiestan preferencias por los partidos políticos y las personas candidatas que representan, lo cual puede generar la proliferación de cámaras de eco o inequidad respecto de aquellos contendientes que no gocen del apoyo de dichas empresas.

Por el contrario, el caso mexicano cuenta con una extensa regulación constitucional y legislativa que evita el uso indiscriminado de los medios de comunicación por parte de los actores políticos, y esto para garantizar, justamente, la equidad en las contiendas.

Los lineamientos que son motivo de controversia en este caso, son sólo guías con las cuales se propicia que la difusión de opiniones sobre el debate público contribuya justamente, a una mayor información de la ciudadanía.

En el marco jurídico mexicano, en efecto, el marco convencional garantiza la inviolabilidad en la difusión de ideas, salvo ciertas restricciones, como son ataques a la moral, la vida privada o los derechos de terceros.

Pero en este caso, con estos lineamientos no se vulnera la libertad periodística, ya que estas son sólo recomendaciones y, al contrario, estimo que tienen como gran ventaja el tratar de frenar toda esta difusión de noticias en contra particularmente, de mujeres precandidatas y candidatas, que son fake news o que constituyen violencia política en razón de género.

Estas son las razones que me llevan a proponerles confirmar los lineamientos impugnados.

Sería cuánto. Gracias.

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