En días recientes tuve la
oportunidad de participar en el Seminario Reforma Electoral en el Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
Compartimos ese espacio para
dialogar sobre qué Reforma Electoral es necesaria, ¿queremos una Reforma Electoral
que permita fortalecer la democracia y a las instituciones, o queremos
exclusivamente una que permita ahorros presupuestales? Ambas cosas, con
enfoques muy distintos, se pueden lograr sin alterar el modelo electoral que
funciona y está demostrado.
A continuación les comparto una serie de reflexiones sobre aquellos asuntos que deberían ser atendidos en una Reforma Electoral.
1.Hiperlitigiosidad
Desde sus orígenes, la
justicia electoral en nuestro país ha mostrado una clara tendencia al
incremento de litigios.
Sin duda, este
problema tiene diversas causas. Una de ellas es el hecho de que los partidos
políticos han encontrado en los tribunales electorales una nueva arena para
enfrentarse y disputarse el poder. Es por ello que la hiperlitigiosidad abarca
ya todas las etapas del proceso electoral y no sólo la impugnación de los
resultados electorales.
Desde mi punto de vista, al utilizar
los partidos los medios de impugnación como una estrategia de campaña —más que
como medios de defensa—, estamos generando la percepción de que nuestro sistema
no funciona.
Otra causa de la hiperlitigiosidad —y paradójicamente ésta
sí debe apreciarse como un aspecto positivo— es el incremento de los juicios
del ciudadano. Esto refleja que cada día más ciudadanas y ciudadanos recurren a
la justicia electoral cuando estiman que han sido violados sus derechos
político-electorales.
Una causa más de la hiperlitigiosidad tiene que ver con
lo disputado y cerrado de los resultados electorales. Por ello, por ejemplo, en
las últimas elecciones federales de 2017-2018 hubo menos asuntos (18 mil 745)
que en las elecciones federales de 2011-2012 (19 mil 233), pese a que también
hubo elecciones concurrentes en 30 entidades federativas.
Sin duda, en este hecho influyó la diferencia de más de
30 puntos porcentuales obtenidos entre el primer y el segundo lugar de los
candidatos a la presidencia de la República.
No obstante, el fenómeno de la hiperlitigiosidad, la
función social de la justicia electoral se mantiene estable: resolver los
conflictos electorales conforme a Derecho.
La justicia electoral pacifica la lucha por el poder
entre actores y fuerzas políticas. Y, además, contribuye a promover en la
sociedad la democracia y sus principios, así como los Derechos Humanos en su
vertiente político-electoral y la igualdad sustantiva.
2. Reforma electoral abre la posibilidad de disminuir la
litigiosidad
La posibilidad de llevar a cabo una nueva reforma
electoral permite ahora a nuestro país incorporar nuevos y mejores mecanismos, a
fin de resolver la hiperlitigiosidad en la justicia electoral.
Es decir, una
reforma electoral es una gran oportunidad para agilizar la justicia electoral,
en beneficio de todos quienes acuden a ella en busca de la protección de sus
derechos y libertades.
Para que esto sea así, debemos señalar claramente que la
reforma debe incorporar mejoras a los dos modelos electorales que existen en
nuestro país, es decir, tanto al sistema de partidos políticos, como a los
sistemas normativos internos de los pueblos y comunidades indígenas.
No obstante que el sistema de partidos políticos es el
punto central de la reforma, no debemos olvidar los sistemas normativos
internos. La próxima reforma electoral es una magnífica oportunidad para
respaldar a nuestros pueblos y comunidades indígenas en sus demandas de
representación política y justicia electoral.
*-*-*-*-*-
Mañana, en este espacio, compartiré la segunda parte de
esta reflexión.